La cuestión local ha sido uno de los temas centrales y perennes de la vida pública española y ha estado permanentemente conectada a los procesos descentralizadores que han intentado acercar el poder a la realidad en los últimos tiempos. Ésta es, probablemente, la razón medular que ha animado no pocos programas reformistas de distintos Gobiernos convencidos de que, en efecto, la Administración pública debe estar cerca de la ciudadanía para así estar en mejores condiciones de que el interés general sea más humano.
En los fenómenos de descentralización constatamos, sobre todo en los Estados compuestos como el español, la necesidad de buscar equilibrios territoriales que conformen las diferentes estructuras gubernamentales territoriales en espacios para la gestión pública adecuados. El problema existe porque no es fácil ni sencillo que poderes federales, autonómicos o regionales coexistan equilibradamente con los poderes locales pues en las cuestiones referentes al poder no siempre prima la racionalidad.
En cualquier caso, el modelo español es un modelo en el que los distintos niveles territoriales exigen estructuras de gobierno y administración en armónica relación con el ámbito de los intereses generales que les son propios, para lo que han de disponer de las competencias necesarias, siempre en el contexto de servicio permanente a la ciudadanía.
Hoy, más de cuarenta años después de la promulgación de la Constitución, el panorama de la descentralización política y territorial en España, con ser relevante y digna de estudio y reflexión en el mundo entero, no es un dechado de perfección. Porque todo lo humano es perfectible y, sobre todo, porque no podemos ocultar que, en estos años de descentralización de poderes, potestades y competencias desde el Estado a las Autonomías, los Entes locales apenas han estado presentes a pesar de que llevemos hablando años del pacto local. Ésta es la realidad de la que debemos partir para analizar sistemática y lógicamente la dimensión local en el modelo compuesto español.
Por eso, hoy los Entes locales gestionan un elenco de competencias que exceden las más optimistas previsiones normativas porque el ámbito local es el ámbito de la vida real, de la realidad real, el lugar en donde se juega la calidad de la democracia y el entorno en el que se pueden diseñar políticas públicas determinadas que, si están bien planteadas, pueden repercutir de un modo perceptible en la vida de las personas.
España es un Estado compuesto por Comunidades Autónomas y Entes locales, ambos dotados de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses, disponiendo las Autonomías de una autonomía política que le permite el ejercicio de la potestad legislativa, circunstancia que hoy no acompaña a los Poderes locales, y que lleva a olvidar la realidad de la incidencia de estos Entes territoriales en la vida de millones de habitantes. En este sentido, se ha llegado a plantear que una eventual reforma constitucional incluyera a los Entes locales también, además de en el art. 137 CE, en el art. 2 de la Carta Magna.
España es un Estado compuesto, y en su desarrollo territorial es menester que disponga de la dimensión institucional y operativa adecuada, en funciones y competencias, para que el resultado de la gestión pública en los niveles territoriales esté presidido por los parámetros constitucionales que deben distinguir la acción pública: eficacia, servicio, eficiencia, objetividad y legalidad. Para eso, es necesario que se den unos componentes de equilibrio entre los Entes territoriales que les permitan actuar pensando en la mejora de las condiciones de vida de la gente. Hoy, más necesarios que nunca.
Jaime Rodríguez-Arana
@jrodriguezarana