La Constitución española reconoce los derechos fundamentales como uno de los pilares del Ordenamiento jurídico. Y no sólo, manda a los Poderes públicos que los promuevan y preserven haciendo efectivo su ejercicio por todos los españoles. Algo, lógico, razonable, que se deriva de un Ordenamiento jurídico consciente de la centralidad de la dignidad de la persona.
Por tanto, en el ámbito educativo, el derecho de los padres a elegir el centro de su preferencia de acuerdo con sus convicciones morales no sólo desde ser permitido, debe ser promovido. Y esto significa, ni más menos, que los presupuestos públicos, que están al servicio de la promoción de la dignidad del ser humano, han e orientarse a facilitar el ejercicio de los derechos de las personas. Los presupuestos están para el desarrollo de los derechos de las personas.
 
Efectivamente, los presupuestos públicos no son medios para el chalaneo político o para la satisfacción de pretensiones de poder. Son un instrumento para la mejora de las condiciones de vida de las personas. Es decir, para que los derechos inviolables de la persona y el libre desarrollo de su personalidad ocupen el lugar medular que deben ocupar en el sistema jurídico y político. El artículo 10.1 de la Constitución es bien claro cuándo dispone que ambos, derechos inviolables y libre desarrollo de la personalidad, son fundamento del orden público y la paz social.
 
En materia educativa, la Constitución es bien clara y no deja lugar a dudas. Por un lado, el artículo 9.2 establece que la intervención pública se justifica precisamente para promover las condiciones que hagan posible el ejercicio de la libertad y la igualdad. Y el artículo 27.3, desde esta perspectiva, señala que los poderes públicos deben facilitar que los padres elijan el modelo educativo de acuerdo con sus preferencias morales y religiosas. El 10.1, como hemos recordado, subraya la centralidad de los derechos inherentes a la persona. Es decir, los poderes públicos educativos deben, y no es poco, facilitar el pluralismo en materia educativa para que los padres puedan elegir el modelo de su preferencia.
 
La Administración pública está al servicio objetivo del interés general. No está para imponer los puntos de vista de sus dirigentes. Menos para anular las libertades o los derechos en función de juegos de poder. Está, y se justifica esencial y constitucionalmente, para promover la dignidad del ser humano y los derechos fundamentales de la persona. Un Poder público que de forma directa o indirecta propusiera un modelo educativo único sería un Poder público laminador de la libertad y el pluralismo.
 
Para terminar, si la Constitución y el sentido común son tan claros. ¿Por qué todavía en este país seguimos poniendo zancadillas, piedras en el camino, por ejemplo, de la libertad educativa?. ¿Por qué tenemos tanto miedo al pluralismo?. ¿Por qué en muchos países de nuestro entorno cultural incluso la enseñanza pública ofrece diversos modelos para que los padres puedan elegir el que mejor se adapte a sus preferencias?.
 
Para mí la contestación es sencilla. Tenemos miedo al pluralismo, no creemos suficientemente en la libertad y nos sigue gustando controlar la vida y hacienda de las personas. Sin embargo, va llegando el momento de sacudirnos tantos prejuicios y miedos a la libertad. ¿O no?.
 
 
 
Desde luego que llama la atención, y no poco, que estos preceptos constitucionales tarden tanto tiempo en materia educativa en implementarse. En otros ámbitos que están en la mente de todos, la Constitución se ha realizado adecuadamente. Sin embargo, en lo que se refiere a la libertad educativa vamos muy retrasados, mucho. En la misma proporción que el compromiso de los dirigentes con el fomento del pluralismo y el ejercicio de la libertad solidaria de los ciudadanos.
 
Como sabemos, en ocasiones la intervención pública en materia educativa se disfraza con el nombre de planificación con el objetivo de impedir que los padres ejerzan su libertad de elección. Otras veces el ansia de control se esconde bajo la máxima de que primero el presupuesto y luego las personas.
 
La libertad de elección, es lógico, espoleará a los centros a buscar la excelencia en la docencia y a ofrecer servicios educativos de calidad que promuevan las aptitudes y conocimientos de los alumnos. Los que sigan instalados en la autocomplacencia y en el estatus quo seguramente lo pasarán mal, muy mal, porque sencillamente no tendrán alumnos.
 
Para terminar, si la Constitución y el sentido común son tan claros. ¿Por qué todavía en este país seguimos poniendo zancadillas, piedras en el camino, por ejemplo, de la libertad educativa?. ¿Por qué tenemos tanto miedo al pluralismo?. ¿Por qué en muchos países de nuestro entorno cultural incluso la enseñanza pública ofrece diversos modelos para que los padres puedan elegir el que mejor se adapte a sus preferencias y aquí seguimos viendo fantasmas y demonios en fomentar la libertad de elección de centro educativo?.
 
Para mí la contestación es sencilla. Tenemos miedo al pluralismo, no creemos suficientemente en la libertad y nos sigue gustando controlar la vida y hacienda de las personas. Sin embargo, va llegando el momento de sacudirnos tantos prejuicios y miedos a la libertad. ¿O no?.
 
 
 
 
Jaime Rodríguez-Arana. jra@udc.es