El Urbanismo, como ciencia social que comprende diversas dimensiones de la realidad y del conocimiento ha de analizarse y comprenderse desde una perspectiva abierta, plural, dinámica y complementaria. Consecuencia de estos postulados metodológicos de la aproximación científica al uso racional del suelo es la consideración multidisciplinaria del urbanismo. Enfoque desde el que  es menester convocar a un dialogo sincero y fecundo entre juristas, economistas, sociólogos, geógrafos, arquitectos  y demás profesionales vinculados a la materia del que deben salir soluciones humanas y solidarias que atiendan a las más elementales necesidades colectivas de los ciudadanos, entre las que hoy, sin duda, se encuentra el derecho a una vivienda digna y adecuada para todos, expresión real del bienestar general  que deben promover sin descanso los poderes públicos en su quehacer cotidiano.
 
El Urbanismo, además, ha de contemplarse desde la ordenación del territorio y el medio ambiente, parámetros y vectores que han de integrarse armónicamente con la ordenación racional del uso de suelo en orden a un mejor y más plural desarrollo integral de los habitantes. Hoy, en los tiempos que corren, no es posible afrontar desarrollos urbanísticos desde posiciones unilaterales y unitarias. Es necesario, por tanto, que la perspectiva de la ordenación del territorio, a través de directrices generales oriente un urbanismo enraizado en la protección medioambiental.
 
Las potestades publicas que se operan en el urbanismo han de ejercerse racional y objetivamente, asegurando que el bienestar general  de los ciudadanos, que las condiciones de habitabilidad y desarrollo del pueblo, presidan las decisiones discrecionales o regladas a adoptar en cada caso. Cuándo ello no acontece, la corrupción hace acto de presencia y enturbia, cuando no prostituye, las relaciones jurídicas y las mismas relaciones humanas.
 
El urbanismo, como sabemos, es una ciencia social comprometida con la mejora permanente de la calidad de vida de los ciudadanos que aspira a que, desde los desarrollos y ordenaciones urbanos, los seres humanos puedan realizar su libertad solidaria. Si no se contempla la centralidad del ser humano a la hora del urbanismo es posible que el derecho a la vivienda digna y adecuada ceda ante cuestiones tecnoestructurales y ante prejuicios corporativos de unos y otros profesionales.
 
Los planes de ordenación urbana, desde esta orientación abierta, que han de integrar en su seno la perspectiva territorial y medio ambiental, han de diseñarse en un marco de participación real del pueblo, de la ciudadanía, asegurando que las cuestiones técnicas y ornamentales se orienten a favor del desarrollo personal e integral de las personas.
 
Desde un punto de vista organizativo, resulta que las competencias urbanísticas han de repartirse entre los diferentes niveles de gobierno en atención a la mejor gestión del interés general y por supuesto, pensando siempre en las necesidades colectivas de la ciudadanía.
 
El transporte urbano constituye, en este contexto, un elemento capital que ha de tenerse en cuenta en los planes de ordenación urbana buscando técnicas que colaboren a una condición de habitabilidad y movilidad acordes con la dignidad del ser humano y su derecho a vivir en entornos urbanos en los que pueda ejercer su libertad solidaria de manera razonable.
 
El derecho de la construcción, parte esencial del derecho urbanístico, ha de integrar los diferentes elementos que lo componen haciendo posible que los estándares y determinaciones provenientes de la necesaria racionalidad técnica constituyan un medio adecuado para que desde la racionalidad ética, las condiciones de las viviendas facilitan y contribuyan a que la vida humana en su dimensión familiar se pueda realizar de la mejor forma posible.
 
Jaime Rodríguez-Arana. Catedrático de derecho administrativo.