Sobre la buena administración

El principio, y obligación, de la buena Administración pública, vincula la forma en que se deben dirigir las instituciones públicas en una democracia avanzada. Dirigir en el marco de la buena Administración pública supone asumir con radicalidad que la Administración pública existe y se justifica en la medida en que sirve objetivamente al interés general. Desde esta perspectiva se comprende en todo su sentido que la efectividad de los derechos sociales fundamentales es precisamente una de las obligaciones más relevantes de una Administración pública en tiempos de crisis como los que vivimos.

 

Las instituciones públicas en la democracia no son de propiedad de sus dirigentes, son del pueblo que es el titular de la soberanía. El responsable tiene que saber, y practicar, que ha de rendir cuentas continuamente a la ciudadanía y que la búsqueda de la calidad en el servicio objetivo al interés general debe presidir toda su actuación. De ahí que una buena Administración pública es incompatible con una forma de gobierno y administración de lo público que promueva o instaure peores condiciones de vida para las personas en beneficio de determinadas minorías.

 

Hoy es frecuente que las nuevas Constituciones en los diferentes países del globo incorporen como nuevo derecho fundamental el derecho a la buena Administración pública. Por una poderosa razón: porque la razón de ser del Estado y de la Administración es la persona, la protección y promoción de la dignidad humana y de todos sus derechos fundamentales. También, como es lógico, y hoy más perentorio, la protección y promoción de todos y cada uno de los derechos sociales fundamentales, especialmente los que llamamos de mínimos.

 

En el presente, momento de profunda crisis en tantos sentidos, la indignación reinante en los pueblos de tantos países también se canaliza hacia la exigencia de una buena Administración pública que trabaje sobre la realidad, desde la racionalidad y, centrada en el ser humano, actúe con mentalidad abierta, buscando el entendimiento haciendo gala de una profunda sensibilidad social.

 

La buena Administración pública, más en tiempos de crisis, ha de estar comprometida radicalmente con la mejora de las condiciones de vida de las personas, ha de estar orientada a facilitar la libertad solidaria de los ciudadanos. Para ello es menester que su trabajo se centre sobre los problemas reales de la ciudadanía y procuren buscar las soluciones escuchando a los sectores implicados. En materia de derechos sociales fundamentales, una buena Administración es capital para facilitar los medios en que ordinariamente vinculan a los Poderes públicos en esta materia y que hemos analizado anteriormente.

 

La buena Administración pública tiene mucho que ver con la adecuada preparación de las personas que dirigen en los organismos públicos. Deben tener mentalidad abierta, metodología del entendimiento y sensibilidad social. Deben trabajar sobre la realidad, utilizar la razón y contemplar los problemas colectivos desde perspectivas de equilibrio para ser capaces de entender dichos problemas y contemplar la pluralidad de enfoques y dimensiones que encierran situando en el centro al ser humano y sus derechos inviolables. Si así fuera, sería más sencillo que las políticas públicas conectadas a estos derechos fundamentales de la persona siempre se orientarán hacia la mejora integral y permanente de las condiciones de vida de todos los seres humanos.

 

La dimensión ética incorpora un componente esencial a la buena Administración: el servicio objetivo al interés general, que ha de caracterizar, siempre y en todo caso, la acción administrativa y la impronta directiva de los responsables de las políticas públicas vinculadas a los derechos sociales fundamentales.

 

Una buena Administración pública es aquella que cumple con las funciones que le son propias en democracia. Es decir, una Administración pública que sirve objetivamente a la ciudadanía, que realiza su trabajo con racionalidad, justificando sus actuaciones y que se orienta continuamente al interés general. Un interés general que en el Estado social y democrático de Derecho reside en la mejora permanente e integral de las condiciones de vida de las personas. ¿Son conscientes de ello los actuales gobernantes?

 

Jaime Rodríguez-Arana

@jrodriguezarana


Las dos dimensiones del interés general

El concepto de interés general es de los más complicados de definir. Sin embargo, una comprensión sociológica nos conduce al interés social, al bienestar de todos y cada uno de los ciudadanos, que tiene obviamente proyecciones concretas y que en modo alguno subsiste en sí mismo.

 

Desde el punto de vista constitucional, el interés general no es más, ni menos, que la proyección de los valores superiores del Ordenamiento y los postulados del Estado social y democrático de Derecho aplicados a las necesidades colectivas de los ciudadanos, a la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos, a la promoción de los derechos sociales fundamentales, hoy más que nunca, de acuciante actualidad a causa de la profunda crisis general que asola al mundo occidental.

 

Para precisar mejor el concepto, deberíamos hablar de un interés general con dos dimensiones, inescindibles e inseparables: una teórica, abstracta, genérica, en cuanto presupuesto de validez de cualquier norma o principio de Derecho Público, y otra concreta, en cuanto que toda materialización y pura ejecución de las normas jurídicas administrativas debe orientarse a satisfacer necesidades colectivas que mejoren las condiciones de vida de los ciudadanos, tanto en lo que se refiere al fomento, a la policía o al servicio público.

 

El interés general, pues, es un concepto compuesto de dos aspectos, uno teórico o amplio y otro concreto que están perfectamente imbricados y relacionados entre sí. Ese contexto de integración entre estas dos dimensiones debe responde a la propia realización del quehacer administrativo, que requiere una norma y un acto. Sin norma no hay acto. Sin poder establecido en la norma la Administración no puede actuar. La norma está basada en el interés general en sentido amplio y el acto descansa siempre en un interés general concreto.

 

Desde un punto de vista amplio, el interés general se refiere a los valores del Estado social y democrático de Derecho, a los fines del mismo Estado, fines que son garantizados por el propio Estado a través de normas que se concretan en actos. Normas y actos que posibilitan la actuación de la Administración para promover el ejercicio de los derechos  ciudadanos por un lado, y, por otro, para remover los obstáculos que impidan su realización. En la dimensión general se encuentra la defensa, protección y promoción de los derechos fundamentales de la persona y en la concreta la puesta a disposición de los ciudadanos, a través de medios materiales y personales adecuados, de la infraestructura que permite tal tarea en relación con derechos fundamentales concretos y específicos.

 

Sin embargo, la concreción, la puntualización, la materialización del interés general en la realidad es propia, característica, inherente al Derecho Administrativo en la medida que es un Derecho que regula poderes públicos para la realización de las libertades y derechos ciudadanos. Poderes públicos concretos, desarrollados y ejecutados por actos administrativos que en su confección deben aplicar el interés general en sentido amplio, que debe estar proyectado a un espacio administrativo determinado en la norma, a un supuesto concreto.

 

 

Jaime Rodríguez-Arana

@jrodriguezarana

 


Sobre la tramitación electrónica

La tramitación electrónica de los procedimientos es “la actuación habitual de las Administraciones”. La razón de tal proceder, en opinión del legislador español de 2015, es que “una Administración sin papel basada en un funcionamiento íntegramente electrónico no sólo sirve mejor a los principios de eficacia y eficiencia, al ahorrar costes a ciudadanos y empresas, sino que también refuerza las garantías a los interesados”. Ciertamente, eliminar el papel en los procedimientos administrativos tendrá consecuencias para las economías de las personas físicas y de las jurídicas, pero derivar de la Administración electrónica el reforzamiento mecánico y automático de las garantías es, salvo que usen técnicas de trazabilidad que preserven la seguridad de los trámites en todo momento, una afirmación polémica.

Es verdad que, como sigue diciendo la Exposición de Motivos de esta Ley de 2015, que “la constancia de documentos y actuaciones en un archivo electrónico facilita el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, pues permite ofrecer información puntual, ágil y actualizada a los interesados”. El problema se encuentra en que en ocasiones esa información no se brinda de forma clara y a veces no está lo accesible que debería.

El formalismo exagerado también hace acto de presencia en estos supuestos. La Administración electrónica no es un antídoto automático frente al exceso de requisitos y trámites innecesarios. Para evitarlos es menester diseñar normas de procedimiento claras, sencillas, inteligibles, concisas y completas, algo en verdad complicado, sobre todo si se constata que pervive esa visión autoritaria amparada en privilegios y prerrogativas sin cuento que también se proyecta sobre los procedimientos electrónicos.

En el tiempo en que estamos, en el que tanto se habla y se escribe sobre buena administración, también, como es lógico, se trata de la buena regulación. Buena regulación que como recuerda el Apartado IV de la Exposición de Motivos de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de 20015, en el ámbito de la OCDE se ha ido avanzando en la mejora de la producción normativa (better regulation y smart regulation). Tanto la mejora regulatoria como la regulación inteligente apuntan a la simplificación normativa y a la claridad normativa, dos características de la normación producida en este tiempo de pandemia que brillan por su ausencia.

En este sentido, la Exposición de Motivos de esta Ley señala que “los diversos informes internacionales sobre la materia definen la regulación inteligente como un marco jurídico de calidad que permite el cumplimiento de un objetivo regulatorio a la vez que ofrece los incentivos adecuados para dinamizar la actividad económica, permite simplificar procesos y reducir cargas administrativas”. Es decir, a través de la smart regulation se deberían simplificar trámites en los procedimientos administrativos y eliminar las trabas burocráticas. Algo impensable en un sistema de descentralización territorial que ha multiplicado trámites y procesos para dar acomodo a la legión de personal que se ha seleccionado en los últimos tiempos para justificar un Estado autonómico del que los ciudadanos lo único que esperan, y no es poco, es agilidad administrativa, eficacia y eficiencia en la gestión pública. Casi nada.

 

Jaime Rodríguez-Arana


Ciudadanos y poder público

Las recientes transformaciones en el orden conceptual, metodológico y práctico que están poniendo en tela de juicio muchas convicciones y formas de entender la realidad pública, ayudan a profundizar en uno de los pilares básicos del pensamiento democrático: la relación de los ciudadanos con el poder público.

 

Los Poderes públicos, las Administraciones públicas son de los ciudadanos, de las personas, que deben tomar mayor conciencia de su posición central en el sistema político Entonces, quienes trabajan en el sector público no son, ni más ni menos, que gestores de intereses ajenos que deben rendir cuentas periódicamente de su administración.

 

El ciudadano, la persona, es el centro del sistema, y, por ello, el poder público no debe ejercerse nunca desde la perspectiva de los privilegios o las prerrogativas, sino como un instrumento de servicio a la entera sociedad. La Constitución española de 1978 dispone en el artículo 103 que la Administración pública sirve con objetividad los intereses generales.

 

El Estado social y democrático de Derecho otorga una posición jurídica a la persona, un estatus de ciudadano en sus relaciones con el Poder público. En efecto, ahora los ciudadanos ya no son sujetos inertes, simples receptores de bienes y servicios públicos; son protagonistas principales de los asuntos de interés general, hasta tal punto,  de que  son, ni más ni menos, que los legítimos dueños del poder público y de sus estructuras y, por tanto, disponen de una serie de derechos,  siendo el fundamental el derecho a una buena administración pública.

 

En este sentido, el poder público en sus diferentes dimensiones territoriales y funcionales, está al servicio de la persona atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente. Esta es la clave del sistema democrático y, por ende, reclama la construcción de un nuevo estatuto del ciudadano en relación con el Poder público en el que sus derechos estén reconocidos expresamente. A partir de ahí será más fácil que el propio ciudadano tome mayor conciencia de su posición central en el sistema y reclame y reivindique servicios públicos de calidad.

 

Los poderes del Estado derivan del consentimiento de los ciudadanos, que son sus titulares, debiéndose buscar un equilibrio entre dichos poderes como entre derechos y deberes de las personas. En su representación, legisladores, ejecutivos y jueces ejercen el poder que les corresponde. Como administradores y gestores de estos poderes del Estado, deben rendir cuenta permanentemente de su ejercicio ante toda la ciudadanía a través de los diferentes mecanismos que los Ordenamientos jurídicos nacionales establecen.

 

En el marco del complejo Gobierno-Administración pública, núcleo en el que se realiza la definición e implementación de las políticas públicas propias del Poder ejecutivo, ha ido cobrando especial relieve en los últimos tiempos la obligación de proceder a una buena administración pública, aquella que se dirige  a la mejora integral de las condiciones de vida de las personas. La buena administración pública es, pues, una obligación inherente a los poderes públicos y se caracteriza sobremanera porque el quehacer público promueva los derechos fundamentales de las personas de forma que las actuaciones administrativas armonicen criterios de objetividad, imparcialidad, justicia y equidad y sean prestadas en un plazo razonable.

 

Desde la perspectiva de la centralidad del ser humano, principio y fin del Estado, el interés general debe estar administrado de tal forma que en su ejercicio las diferentes Administraciones públicas hagan posible el libre y solidario desarrollo de cada persona en sociedad. Es decir, hace a la condición de la persona, es inherente al ser humano, que el gobierno y la administración del interés general se realice en forma que sobresalga su dignidad y todos sus derechos fundamentales, tanto los individuales como los sociales. De esta manera, para que desde los Poderes públicos se pueda realizar esta magna tarea es indispensable que la forma y el ejercicio en que se realiza el poder en la práctica cotidiana refleje la posición central de la persona en el sistema.

 

Es decir, el ciudadano debe conocer el funcionamiento de las instituciones públicas, el cumplimiento de los objetivos y, desde luego, los parámetros más relevantes del gobierno y la administración de su país: sueldos, retribuciones, ejecución presupuestaria, recursos jurídicos planteados, selección del personal, uso de los medios materiales adscritos, entre otros datos de interés general.

 

 

Jaime Rodríguez-Arana

@jrodriguezarana


Reformismo y renovación democrática

Las encuestas, de diverso orden y procedencia, acerca de la opinión de la gente en relación con la política y el comportamiento de sus principales actores, coinciden en poner de manifiesto, cada vez más, la profunda distancia que existe entre la ciudadanía y los cuarteles generales de las diversas formaciones partidarias. Algunas encuestas, en España, por ejemplo, sitúan la política, y la corrupción que la acompaña, como uno de los problemas más graves que aqueja a la sociedad actual. Los políticos y la política suelen ser, con leves oscilaciones, uno de los problemas más graves que aquejan a los españoles, ahora en tiempos de crisis económica, de forma manifiesta.

El gobierno del poder judicial se entrega a los partidos políticos, que dominan un escenario en el que la sumisión e suele ser en muchos caos, no en todos por supuesto, requisito fundamental para alcanzar estas altas responsabilidades, tal y como también acontece, de otra manera, en el poder ejecutivo y en el poder legislativo. Es decir, en lugar de Estado de Derecho vivimos en un Estado de partidos, cuyas tecnoestructras tienen en sus manos el destino de los poderes del Estado.  Un Estado de partidos, en ocasiones, Estado de dirigentes, pues en estos tiempos los idearios de las formaciones son sustituidos, sin mayores problemas, por las ideas del presidente de turno del partido.

En este ambiente, es muy difícil, aunque no imposible, que las reformas y la renovación que precisamos procedan del interior de los partidos porque sus dirigentes no parecen dispuestos a renunciar a los privilegios de los que disponen y a un status quo que les permite nombrar legiones de cargos ampliando su poderío de forma colosal.  Hoy, por tanto, es menester quebrar esa partitocracia que ahoga las iniciativas sociales que podrían aportar la vitalidad de la realidad a un mundo dominado por el oficialismo y la artificialidad. En una palabra, por la obsesión del mando y del poder, sin importar la calidad de los medios para alcanzarlo.

Hoy precisamos democratizar la democracia, renovar el sistema democrático porque la acción política no se agota en los partidos y porque se precisa movilizar a la sociedad civil a partir de proyectos impregnados de una cultura política y cívica participativa centrada en la dignidad del ser humano.

La renovación que se precisa para fomentar la participación política, para erradicar el dominio de las tecnoestructuras que se impone sin debate a los militantes y afines, para impulsar procesos de mayor participación social en la determinación del interés público y del interés general, reclama personas ilusionadas con la misión de servir a la sociedad más que en servirse del poder para permanecer en él como sea. Hoy se pueden implementar estos cambios, mañana será tarde.

 

Jaime Rodríguez-Arana

@jrodriguezarana


Sobre la libertad solidaria

La crisis financiera que asoló el mundo recientemente, y que todavía colea, vaya si colea tras las caídas del Silicon Valley Bank y del Credit Suisse , proviene probablemente de que la libertad económica, esencial en un Estado de Derecho, se ha interpretado y practicado, también desde las instancias reguladoras, a partir de una dimensión individualista orientada al lucro como única razón de ser del sistema de mercado.

En efecto, una concepción puramente individualista de la libertad, que suele acompañar algunas posiciones liberales doctrinarias extremas, entiende la libertad como una capacidad para el uso y disfrute exclusivamente individual. La libertad, según estas interpretaciones, es sólo libertad para mí, me interesa la libertad de los demás en tanto en cuanto se erige como una garantía de la mía propia; en última instancia concibo la libertad de los otros como una limitación de la mía, porque donde empieza aquella termina esta.

En la tesis contrapuesta, desde las posiciones socialistas –y también, por cierto, desde las nacionalistas-, se entiende la libertad sólo en un sentido colectivo, la libertad de una clase universal o la libertad nacional, de modo que las libertades individuales aparecen sometidas, o condicionadas por los intereses superiores que el Estado debe administrar.

Esta contraposición clásica entre libertad e igualdad ha estado presente en la secular discordia simbolizada en el enfrentamiento político entre derechas e izquierdas. Sin embargo, los límites de esas mismas definiciones quedan patentes cuando el socialismo moderado se presenta a sí mismo –legítimamente- como defensor de las libertades individuales, y la derecha democrática reivindica –con no menos legitimidad- sus reales e históricas aportaciones a la integración social. Norberto Bobbio, en su sentido alegato sobre la vigencia actual de la izquierda, defiende básicamente esta apreciación.

La utopía socialista, otra cosa son las experiencias socialdemócratas, tiene, desde luego, un valor, -histórico, ideológico, emotivo-, pero desde un punto de vista político ha perdido todo su sentido, según lo prueba el reiterado fracaso de las tentativas de aplicación en tantas latitudes y épocas, y con tantas fórmulas. Y además ha dejado patente su nocividad cuando se establece como guía en la acción de gobierno. Lo mismo podríamos decir de la utopía liberal –si pudiéramos hablar así-, aunque en algunas formulaciones del liberalismo doctrinal cabría más bien hablar de su error de partida, señalado tantas veces por algunos de sus críticos, como lo es la suposición de que todos somos, realmente y en la misma medida, libres y autónomos.

Semejante confluencia deficitaria de las ideologías que han dominado la modernidad política, abre una nueva época en la que aparece con singular potencia la concepción de la libertad solidaria. La libertad concebida desde los postulados del individualismo y la intervención entendida desde el marxismo han fracasado. La segunda tras la caída del Muro, la primera tras la crisis iniciada en 2007-2008.

En realidad, como decían los viejos liberales europeos, la cuestión puede resolverse en este contexto: tanta libertad como sea posible y tanta intervención como sea necesaria. Para ello, es menester revisar los fundamentos del sistema económico desde los postulados de la libertad solidaria.

En efecto, o somos capaces de conjugar adecuadamente estos dos vectores fundamentales de la vida social y política o posiblemente los sistemas democráticos habrán culminado su carrera histórica. No se trata de ningún descubrimiento, se trata de la constatación de un hecho. Nadie en su sano juicio puede discutir hoy la necesidad de los emprendedores, de un sector empresarial dinámico, innovador, imaginativo, eficiente. Tampoco se puede pasar por alto la necesidad de priorizar la atención de los menos favorecidos, entre ellos los pensionistas y los parados, y de contar con la presencia de los agentes sociales, muy particularmente de los sindicatos, en el planeamiento y aplicación de la política nacional o supranacional.

La alianza entre libertad y solidaridad es, hoy más que nunca, obligada. Una política de solidaridad libre y socialmente asumida, no impuesta desde los mecanismos del Estado, sólo es posible desde los fundamentos culturales de una sociedad realmente libre y solidaria, no desde la imposición de un programa. O la acción de gobierno se conjuga con el sentir y la iniciativa social, o carecerá de efectos o, lo que es peor, se aplicará impositivamente, con consecuencias potencialmente devastadoras sobre el tejido social y productivo. Pretender una acción solidaria desde un sentir mayoritario que no represente de hecho el sentir general, de todos los sectores componentes de la ciudadanía, es imposible. Ahí no hay solidaridad, porque no hay libertad.

Pero igualmente, una libertad que no tome en cuenta la dimensión social de la persona, además de tratarse de una libertad mutilada, es falsa, porque lo real es que la libertad la queremos para los nuestros. Todo dependerá de nuestra generosidad y de nuestra apertura de espíritu para ampliar el horizonte del “nosotros”.

La libertad de los demás no es sólo garantía de la mía, sino que me hace realmente más libre. Es más, tengo la posibilidad de hacer más libres a los demás cuando desde mi propia libertad busco la cooperación con ellos. Es un imperativo ético y político la creación de las condiciones sociales y culturales que hagan posible el ejercicio de una libertad auténtica por parte de cada ciudadano. Aquí atisbo una conexión de fondo de la política con la ética pública que trascendería el marco de un simple código de comportamientos.

Libertad solidaria, insisto. Porque la libertad es el marco adecuado, necesario, para que se produzca la apertura a los otros procedente de la solidaridad. Y así la libertad de los demás ya no se entiende primariamente como un límite de la mía –aunque lo sea, considerada negativamente- sino que la libertad de los demás posibilita, mediante el acuerdo, el diálogo, el entendimiento, una ampliación sin límites de mi propia libertad. Estamos a la postre, dando una respuesta a la permanente cuestión: libertad, ¿para qué? Afirmar la libertad solidaria es señalar uno de los objetivos que queremos darle a la libertad.

En este sentido, la consideración de la libertad desde la solidaridad o de la solidaridad desde la libertad, es lo mismo, invita a construir libremente entre todos una sociedad más libre y tolerante, y libremente asumir entre todos la construcción de una sociedad más solidaria. Dicho de otra manera, en términos más llanos, no son excluyentes el beneficio individual y el público, es más, el uno sin el otro, en algún sentido, serán un abuso.

JAIME RODRÍGUEZ-ARANA

@jrodriguezarana


La corrupción

La corrupción, mal que nos pese, es una realidad. Una amarga y lamentable realidad cotidiana que ha caracterizado, en determinados momentos con más intensidad que en otros, la vida del hombre desde su aparición en el planeta.  Tanto en la esfera personal como en el ámbito colectivo, la corrupción se puede decir que es connatural a la condición humana tal y como manifiesta la misma historia de la humanidad.

 

La figura de la Hydra de Lorna es un buen símbolo de la potencia e intensidad de la corrupción. Como nos ilustra la mitología griega, Hércules, encargado de terminar con el terrible animal, con la Hydra de Lorna,  tuvo muchas dificultades a causa de sus múltiples cabezas y del veneno que supuraba cada vez que se aniquilaba una de ellas. Cada vez que Hércules cortaba una de dichas cabezas, surgían dos nuevas por lo que tuvo que pensar en algún sistema diferente a los empleados hasta el momento. Así, con el concurso de su sobrino, cada vez que cortaba una de las cabezas de la Hydra utilizaba trapos ardientes para quemar los cuellos decapitados. Hércules, como cuenta Apodoloro, cortaba las cabezas y su sobrino quemaba los cuellos degollados y sangrantes. Finalmente, Hércules acabó con la última cabeza del animal aplastándola debajo de una gran roca. Acto seguido, Hércules bañó su espada en la sangre derramada y después quemó las cabezas cortadas para que jamás volvieran a crecer. En fin, un método nada convencional pero efectivo que conjugó la potencia de Hércules con la inteligencia de su sobrino. Probablemente, la combinación de armas que se precisan para acabar con esta terrible lacra social: contundencia e inteligencia.

 

La lucha contra la corrupción no es sólo cuestión de elaborar y aprobar normas y más normas. En muchas ocasiones incluso la proliferación de leyes y reglamentos lo que hace es facilitar la corrupción misma. La clave está en disponer de las normas que sean necesarias, claras y concretas y, sobre todo, de un compromiso ético real, constante y creciente.

 

En la actualidad, en un mundo en profunda crisis y en acelerada transformación, constatamos como esta lacra golpea con fuerza la credibilidad de las instituciones y la confianza de la ciudadanía en la misma actividad pública, también en la privada por supuesto. Es verdad, en estos dramáticos momentos de la historia, la corrupción sigue omnipresente sin que aparentemente seamos capaces de expulsarla de las prácticas políticas y administrativas. Se promulgan leyes y leyes, se aprueban códigos y códigos, pero ahí está, desafiante y altiva, uno de los principales flagelos que impide el primado de los derechos fundamentales de la persona y, por ende, la supremacía del interés general sobre el interés  particular.  Ante nosotros, con nuevos bríos y nuevas manifestaciones, de nuevo la corrupción, amparada, es una pena, por una legión de políticos y administradores que han hecho del enriquecimiento económico y la impunidad un modus vivendi prácticamente inexpugnable.

 

Por eso, de nuevo vuelve al primer plano la lucha contra la corrupción desde la dimensión preventiva. Atacando sus causas. Y una de ellas, quizás la más profunda, se combate a partir de llamar a las cosas por su nombre y con un compromiso real y coherente de las personas, más los dirigentes, con la ética y la moral. Sin ese compromiso nada, nada se puede hacer, nada.

 

Jaime Rodríguez-Arana


Persona y buena administración

La centralidad de la persona es la primera y principal característica de una buena Administración pública. Hasta el punto de que si no existiera no podría hablarse de una Administración democrática porque lo que caracteriza a la Administración del Estado de Derecho, de la democracia, es precisamente el servicio a la ciudadanía, su tendencia a la mejora de las condiciones de vida de las personas, su vinculación con la protección y promoción, por tanto, de todos los derechos fundamentales de todas las personas.

 

En una democracia avanzada las personas ya no son sujetos inertes que, sin más, reciben pasivamente bienes y servicios de los poderes públicos. Ahora, la cláusula del Estado social y democrático de Derecho trae consigo una nueva funcionalidad para los ciudadanos al convertirse en sujetos activos, protagonistas en la determinación del interés general y en la evaluación de las políticas públicas. Es decir, por el hecho de ser personas disponen de un derecho fundamental a que los asuntos de la comunidad, los asuntos que se refieren al interés general, deben ser gestionados y administrados de la mejor forma técnica posible. Es decir, para la mejora de las condiciones vitales de las personas, para que cada ser humano se pueda desarrollar en libertad solidaria. Para que todos los ciudadanos disfruten de estándares crecientes de calidad en el ejercicio de todos los derechos fundamentales

 

La buena Administración pública aspira a colocar en el centro del sistema a la persona y sus derechos fundamentales. Desde este punto de vista, es más sencillo y fácil llegar a acuerdos unos con otros porque de lo que se trata es de una acción pública de compromiso real con la mejora de las condiciones vitales de los ciudadanos.

 

La sentencia reciente del Tribunal Supremo de 12 de enero de 2023 acaba de recordar lo dispuesto en el artículo 28.2 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, es decir que los ciudadanos no tienen la obligación de aportar datos que ya obran en poder de la Administración. Es más, es la Administración, en estos casos, quien tiene la obligación de reclamar esos datos a la Administración que corresponda. A ver si es verdad.

 

 

 

Jaime Rodríguez-Arana

@jrodriguezarana


Los gobiernos locales

El principio de participación es, junto a la limitación del poder, una de las columnas sobre las que se levanta el edificio democrático. En efecto, la participación ha de ser una forma de lograr una mayor integración y cohesión sociales y servir como escuela de ciudadanía, profundizando la democracia para hacerla no solo formal y representativa, sino también real y participativa, evitando la apatía y el individualismo tan presente en este tiempo. Ciertamente, una Entidad local que gobierne intentando resolver los problemas reales de los vecinos fomentando la transparencia, la participación y el pluralismo, se constituye en una magnífica escuela de cualidades democráticas.

El objetivo de la transparencia en este terreno ha de ser doble: acercar los poderes locales a los ciudadanos y concebir la participación como vía para fortalecer la legitimación de los Entes locales, ya que, la legitimación de los Gobiernos locales precisa eficiencia y eficacia en su actuación, servicio permanente a los intereses públicos locales, así como evaluación participativa transparente con el fin de mejorar sustancialmente las condiciones de vida de todos y cada uno de los vecinos.

En efecto, la democracia representativa consiste no sólo en participar en las elecciones a través del voto, sino también en estar presente en los procesos de deliberación y en la implementación, evaluación y gestión de las políticas públicas. La democracia, y más en el ámbito local, no es sólo votar, sino deliberar, discutir, valorar. Hoy son necesarios espacios de discusión pública en los que se pueda conocer la opinión de todos los agentes sociales que trabajan en las distintas expresiones y manifestaciones de lo que son los intereses públicos. Obviamente, si la Entidad local cuenta con elevados estándares de transparencia porque se dan a conocer periódicamente, de forma institucional, los principales acontecimientos de la vida local y las principales manifestaciones de las políticas públicas locales, es lógico que la participación es mayor y de más calidad porque precisa del conocimiento de la realidad local en sus más relevantes variables e indicadores.

Este conjunto de realidades ha de conducirnos hacia un nuevo modo de funcionamiento de los Gobiernos y Administraciones locales que podría ser caracterizado por las notas siguientes: posburocrático, descentralizado y desconcentrado, abierto, transparente, de calidad, flexible, responsable, eficaz, eficiente, orientado hacia los resultados y al servicio objetivo del interés general de orden local, pensando en las necesidades reales de los vecinos.

Esta potenciación de la vida local debe permitir entre otras cosas una mayor participación y representación, sobre todo, a través de nuevos cauces, destacándose especialmente que la participación es un estilo de gobernar diferente y que implica un desarrollo de la tarea educadora de la ciudadanía local y de su cultura cívica. Algo que debe descansar en un constante ejercicio de transparencia que muestre realmente la realidad de la gestión y del gobierno local en sus diferentes ámbitos y sectores.

Jaime Rodríguez-Arana

@jrodriguezarana


El espacio local

Los Estados compuestos como el español se caracterizan, entre otras cosas, por la existencia de determinados espacios territoriales que disfrutan de autogobierno y autoadministración en un marco de integración, cooperación y lealtad institucional. El Gobierno de España, los Gobiernos de las Comunidades Autónomas, y los gobiernos de los diferentes Entes locales son gobiernos democráticos, elegidos por los ciudadanos, que se caracterizan por la autonomía para la realización de políticas públicas propias en el ámbito de sus respectivas competencias.

 

El espacio local es el espacio de la gestión pública por definición. Además, por su cercanía a la ciudadanía, el espacio local se nos presenta también como un espacio muy adecuado para las experiencias participativas, así como para las reformas e innovaciones de determinadas políticas públicas como pueden ser la transparencia o el acceso a la información. En este sentido, hasta podría decirse sin exageración alguna que el espacio local es un permanente laboratorio democrático en el que la transparencia, el pluralismo y la participación, si hay voluntad política, resplandecen permanentemente.

 

El local es el nivel de gobierno en relación al cual los ciudadanos expresan mayor interés público, lo que no es nada extraño si se piensa que son las instituciones encargadas de velar por los intereses y los problemas del entorno más inmediato de las personas y aquellas que la gente conoce más directamente. Además, esta consideración, constatable en la misma realidad cuantas veces se quiera, responde seguramente, en relación con los Gobiernos y Administraciones locales,  a varios factores, entre los que destacan tanto la capacidad de gestión y respuesta innovadora a las demandas sociales como la receptividad y el trato cercano a los ciudadanos.

 

En efecto, el nivel local es el que de modo cuantitativamente más importante enraíza las instituciones con el tejido social; de ahí la importancia de fomentar mecanismos de participación, de fortalecimiento de la transparencia, de mejora de la información, de mayor eficacia de la actuación pública y  de atención a los criterios de los  usuarios de los servicios públicos. Por eso, fomentar cauces de transparencia en este nivel de gobierno, el más próximo y cercano, a la persona, ayuda, y mucho, a facilitar hábitos y cualidades democráticas, tanto en el ejercicio del poder, como en la dimensión participativa de la ciudadanía.

 

A este respecto, se trata de que los Entes locales se configuren abiertos a la participación, ya que en el diseño institucional de los gobiernos locales cobra creciente importancia la institucionalización de mecanismos de transparencia, participación y concertación ciudadanas, una de las funciones más importantes para el gobierno local. Estos mecanismos, sin embargo, no se producen mecánica y automáticamente por muchas normas jurídicas que se aprueben, o por muchos preámbulos que se escriban presumiendo, como tantas veces acontece, de altos niveles de transparencia y participación. En el fondo, es una cuestión de compromiso con los valores democráticos de dirigentes y ciudadanos.

 

En este sentido, la participación ciudadana no solamente se produce a través del voto, sino también a través de la presentación de candidatos, la provisión de numerosos cargos públicos de representación, la participación en un variado tipo de comisiones, y, fundamentalmente, desde el conocimiento transparente acerca de la realización de las diferentes políticas públicas municipales. En la medida en que se facilita la información y se desvelan aspectos sustanciales y críticos de la acción de gobierno y del quehacer administrativo local, en esa medida crecerá el temple cívico y moral de los vecinos de forma que podrán elegir y tomas decisiones sobre el funcionamiento de los Entes locales con mayor conocimiento.

 

Los Entes locales se encuentran en inmejorables condiciones para incorporar fórmulas innovadoras de refuerzo de la participación política a través de mecanismos consultivos, del derecho de petición, de consejos de participación, mecanismos todos ellos que acercan la Administración y el Gobierno a los ciudadanos siempre en el marco de una exigente y creciente transparencia.

 

Esto es así porque lo local constituye el contrapeso político necesario a la globalización a la que estemos asistiendo hoy en día. La conservación de la identidad local es una necesidad esencial en este mundo globalizado como elemento corrector frente a los procesos de pérdida de identidad y de alejamiento de las instancias de decisión económicas y políticas de los ciudadanos.

 

Ahora que se acercan las elecciones locales no está de más, un mucho menos, pensar de nuevo en las potencialidades, que son muchas y muy relevantes, de la capacidad de actuación de los Gobiernos y Administraciones locales para la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos.

 

Jaime Rodríguez-Arana

@jrodriguezarana


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