Es bien sabido que la formación jurídica que se imparte en las Facultades europeas es deudora de la tradición positivista que dominó desde el siglo XVIII la concepción Derecho en el viejo continente. Seguramente, nuestro imaginario jurídico opera, incluso sin que nos demos cuenta, en un contexto en el que como nos descuidemos, también el pensamiento único es el dueño y señor de nuestras Escuelas de Derecho. Sobre todo a partir del dominio de los procedimientos y de las formas sobre la sustancia y los valores jurídicos.
Por ejemplo, entre nosotros la jurisprudencia y los principios generales del Derecho siempre han tenido un cierto carácter polémico en lo que se refiere a su condición de fuentes del Derecho. Especialmente, porque el pensamiento único prefiere amarrarse a determinados prejuicios que tantas veces no son más que la manifestación exacta del imperio, y dominio, del poder sobre el Derecho. En efecto, tantas veces se argumenta tantas desde el recurso a las mayorías, como si en la reciente historia del siglo pasado no haya testimonios bien elocuentes de lo que la mayoría, secuestrada por ciertas minorías, es capaz de tolerar o incluso animar.
Por ello, pienso que hemos de recibir como balones de oxígeno las últimas noticias que nos llegan de los Estados Unidos referidas a la creación de Facultades de Derecho de inspiración cristiana y a la ampliación del abanico de opciones jurídicas que se ocupan del problema de la fundamentación del Derecho. Estas nuevas aproximaciones, de corte más iusnaturalista, ponen el acento en los derechos fundamentales de la persona y en la vertiente ética y moral de la práctica del Derecho por todos los operadores jurídicos.
Desde estos nuevos enfoques se insiste en el conocimiento del Derecho como saber instrumental enmarcado en la búsqueda constante de la justicia, planteamiento hoy no muy practicado, valga la redundancia, en la “práctica”, puesto que no pocas veces brilla por su ausencia la dimensión ética y dónde con tanta frecuencia el fin justifica los medios. Por eso, el ejercicio del Derecho no puede desconectarse de la protección de los derechos fundamentales derivados de la dignidad de la persona, derechos que, lo sabemos, no son creación del Estado. Más bien, el Estado debe reconocerlos y facilitar su ejercicio. En una de estas nuevas Facultades recientemente creadas se recuerda algo que suena hoy muy nuevo pero que un jurista entiende muy bien: las fuentes del Derecho no están sólo en la política, sino también se encuentran en la historia, en la naturaleza humana y en el orden moral del universo.
En el fondo, me parece que detrás de estos nuevos estudios de Derecho se encuentra la preocupación por evitar que la escisión entre el Derecho y la Moral siga dando argumentos para justificar decisiones inmorales, planteamientos insolidarios. Cuando el Derecho y la Moral campan cada uno por su cuenta, entonces el poder siempre gana al Derecho y la arbitrariedad campa a sus anchas. En cambio, cuando la dignidad de la persona se erige en fundamento del Derecho, entonces el poder no tiene más remedio que operar en un ambiente en el que existen límites a su ejercicio precisamente para garantizar que su ejercicio discurra por los cánones de la justicia y la solidaridad.
Desde estos planteamientos, el estudio del Derecho no se reduce a la exposición, sin más, del Derecho vigente, sino que incorpora el pensamiento crítico para ayudar a que los alumnos piensen por sí mismos y se formulen determinadas preguntas sobre la adecuación a la justicia y a la dignidad de la persona de las instituciones, categorías y conceptos que les explican los profesores. Se trata de facilitar el pensamiento libre, sin imposiciones, con la sana de pretensión de que los alumnos tengan el hábito de cuestionarse los conocimientos recibidos desde el pensamiento abierto, plural y dinámico, evitando la dictadura del pensamiento único tan frecuente en este tiempo. En este sentido, los planes de estudio de estas Facultades incluyen asignaturas como Fundamentos Morales del Derecho, Jurisprudencia, Deontología Jurídica, Ética o Política pública, entre otras. Los tres elementos sobre los que basculan todas las enseñanzas que se imparten son: la defensa de los derechos humanos, la preocupación por la justicia social y por la cultura de la vida, sin duda, el derecho a la vida, el primero de los derechos fundamentales, aunque paradójicamente el más castigado en estos tiempos de tanta esquizofrenia.
Ciertamente, va siendo hora de que en los enfoques jurídicos empiece a tomarse más en serio, a juzgar también por los resultados obtenidos del enfoque funcional o positivista, la sustancia que justifica la existencia del Derecho: dar a cada uno lo que es suyo. Si no fomentamos que los alumnos se hagan preguntas sobre el fin del Derecho estamos siendo cómplices de la mentalidad jurídica dominante para la que lo único relevante es el uso y abuso del Derecho por el poder.
En fin, no es más, ni menos, que un episodio más de la lucha por el Derecho que ha caracterizado la historia del hombre. Frente al despotismo blando, es menester la lucha por la justicia y los derechos humanos en todo tiempo y circunstancia. La tarea no es fácil, pero vale la pena.
Jaime Rodríguez-Arana es catedrático de derecho administrativo. jra@udc.es
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