Derecho a un nivel de vida digno en tiempos de coronavirus

El
derecho fundamental de la persona a un nivel de vida adecuado (artículo 25.1 de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos), a una digna calidad de vida,
como reza el preámbulo de la Constitución española de 1978  es, siguiendo a la Declaración Americana de
los Derechos y Deberes del hombre, artículo XI, la que permitan los recursos públicos
y los de la comunidad, como dispone el artículo 26 de la Convención Americana
de Derechos Humanos, en la medida de los recursos disponibles, por vía
legislativa u otros medios apropiados. Tales previsiones sitúan en el centro
del orden social, político y económico a la dignidad del ser humano, lo que
implica, lisa y llanamente, que las disponibilidades presupuestarias del Estado
y de la sociedad, de la comunidad, han de orientarse y gestionarse para que, en
efecto, se garantice a todos los hombres y mujeres una digna calidad de vida.
Esta norma, en tiempos de emergencia sanitaria a causa de la pandemia del COVID
19 es de aplicación preferente como es obvio.


El
artículo 130.1 de la Constitución española reclama a los Poderes públicos que
equiparen el nivel de vida de los españoles a partir de una política económica
adecuada a este fin. Tal nivel de vida es el que implica y exige, para ser tal,
la satisfacción de determinadas necesidades sociales y económicas que, a su
vez, garantizan el acceso a otros derechos también humanos y fundamentales, también
de gran importancia. En este sentido, el epicentro de los derechos sociales
fundamentales se ubica en las necesidades colectivas de los ciudadanos, unas
necesidades, como el agua potable, el servicio sanitario, el servicio
eléctrico, el suministro del gas, de transporte público, de corredores viales,
del correo, actividades todas ellas que ordinariamente se garantizan, al menos
muchas de ellas, a través de la técnica de la intervención pública. Una
intervención que, incluso en tiempos de emergencia sanitaria, debe ser
respetuosa con la protección, defensa y promoción de los derechos fundamentales
del ser humano.


Tanta
intervención como sea imprescindible y tanta libertad solidaria como sea
posible es una famosa máxima que se hizo célebre entre los profesores de la
Escuela de Friburgo a mediado del siglo pasado. En realidad, el fin del Estado
reside en el libre y solidario desarrollo de las personas. Y para ello el
Estado ha de asumir este compromiso cuándo las instituciones e iniciativas
sociales no sean capaces de ayudar a los individuos a su libre y solidaria
realización. En tiempos del COVID 19, el Estado es crucial para atemperar los
daños causados por el virus y, sobre todo, para insuflar los medios para que
los ciudadanos nos podamos realizar libre y solidariamente. Si el Estado, en
estas circunstancias, no sale a rescatar a las personas y a las empresas,
entonces no es un Estado de tal nombre. El debate que viene, será el de un
mayor o mejor Estado. Ya lo afrontaremos, pero ahora es urgente que el Estado
cumpla su función primordial, que no es otra que salvaguardar la vida digna de
sus habitantes.


Jaime
Rodríguez-Arana


@jrodriguezarana


Efectividad de los derechos sociales en tiempo de coronavirus

La
efectividad de los derechos sociales fundamentales en este tiempo de crisis
humanitaria originado por la pandemia del coronavirus, es uno de los
principales desafíos del Derecho Público. La falta de reconocimiento de los
derechos sociales fundamentales a nivel constitucional como auténticos derechos
humanos en la vieja y enferma Europa, nunca mejor dicho, en los presupuestos
ministeriales y en la formulación de las políticas públicas económicas es un
grave problema que la pandemia ha mostrado con toda su crudeza.


La
actividad administrativa de prevención, cada vez más importante, como se está
comprobando en este tiempo de pandemia, va a ser en el futuro una exigencia de
una buena administración para la realización de los derechos sociales
fundamentales. En este sentido el derecho a la salud va a estar mejor atendido
y la función del Estado en relación con este derecho y con el derecho a la
alimentación, a la protección social o la vivienda, y al mínimo vital digno,
van a obligar a las Administraciones públicas a realizar e implementar políticas
sociales que protejan, defiendan y promuevan la dignidad humana sin descanso. La
privatización del interés general dejará paso a una administración y gestión
del interés general abierta, plural, dinámica y complementaria, a una
inteligente y solidaria cooperación entre todos los actores.


El
debate entre un mayor o un mejor Estado está abierto y en cada país, en cada
sociedad, habrá que plantearse seriamente el sentido y funcionalidad de la
institución estatal para que no se repita lo que dolorosamente estamos viendo
estos días. Este debate debe ir acompañado del desmantelamiento de las armas de
destrucción masiva, sean nucleares, biológicas o del signo que sean. Es un
imperativo ético urgente.


Jaime
Rodríguez-Arana


@jrodriguezarana


Ideologías cerradas

Las posiciones dominadas por la ideología,
las posiciones radicales, conducen a acciones políticas desmesuradas, desproporcionadas al margen de la real realidad.  Por una poderosa
razón, los políticos radicalizados, lamentablemente hoy
al frente de la crisis del coronavirus,  tienen la convicción de que disponen de la
llave que soluciona todos los problemas; que poseen el acceso al resorte mágico
que cura todos los males, están convencidos, por la
presunción de superioridad moral que les acompaña, que su designio histórico es
acertar y que si no lo hacen es por culpa del enemigo, en este caso, la ultra
derecha, a la que se ha decidido poner como escudo protector frente a todas las
desdichas que vemos a diario en estos momentos tan tristes


Esta situación deriva de la seguridad de
poseer un conocimiento completo y definitivo de la realidad, y siendo
consecuentes –la coherencia de las posiciones ideológicas es la garantía de su
desproporción- se lanzan a una acción política decidida
que ahoga la vida de la sociedad y que cuenta entre sus componentes con el uso
de los resortes del control y dominio a que someten el cuerpo social No se consulta con nadie porque nadie se tiene la garantía absoluta del
acierto. Si la OMS, la UE, las asociaciones científicas advierten de la
necesidad, en enero y febrero, de tomas ciertas medidas, no importa porque el
monopolio del acierto y el éxito están en poder del Gobierno.


El político moderado respeta la realidad y
sabe que no hay fórmulas mágicas. Por supuesto que sabe qué acciones emprender
y sabe aplicarlas con decisión pero con la prudencia de tener en cuenta que la
realidad no funciona mecánicamente. Es consciente de que un tratamiento de
choque para solventar una dolencia cardíaca puede traer complicaciones serias
en otros órganos y escucha a los especialistas, a los que saben de verdad, no a
aquellos expertos elegidos para el corifeo o la adulación.


La moderación no significa medias tintas,
ni la aplicación de medidas políticas descafeinadas ni tímidas, porque la
moderación se asienta en convicciones firmes, y particularmente en el respeto a
la identidad y autonomía de cada actor social o político, es decir, en la
convicción de la bondad del pluralismo. Por eso  política moderada es una
política de convicciones y de tolerancia, no de imposiciones. Más que vencer le
gusta convencer. Que diferente hubiera sido todo de haber tenido
en la Moncloa a un gobierno integrado por personas moderadas, con mente
abierta, pensamiento plural, metodología del entendimiento, compromiso con la
realidad y la razón, y sensibilidad  social, sobre todo sensibilidad social.


Hoy, sin embargo, hay un virus que domina la acción del desgobierno actual:
se llama “ideologitis” y sus síntomas son claros: negación de la realidad,
ineptitud para la gestión, irresponsabilidad, incapacidad para el acuerdo, monopolio
del acierto… La realidad, empero es que se responde de los daños causados por
imprevisión y por omisión. Y, en este caso, me temo que la “ideologitis” le va
a salir muy cara a algunos pues cuando se demuestra que hay dolo o negligencia
grave en los ilícitos administrativos, la responsabilidad es la que es. Y si
prosperan las acciones penales, no digamos. En definitiva, “la ideologitis” tiene
muchos riegos, sobre todo cuando se está en el gobierno. En la oposición, es
verdad, puede salir hasta barata.


Jaime Rodríguez-Arana


@jrodriguezarana


Derechos sociales fundamentales en tiempos de coronavirus

El
ser humano, decía Kant, no debe ser tomado nunca como medio, sino como fin. Y
si lo que buscamos es un crecimiento en libertad, en humanidad, en definitiva,
solo podrá hacerse realidad ese objetivo, si cada uno se hace protagonista de
sus acciones y de su desarrollo, y posibilita con su actuación que los demás
también lo sean.


Los
derechos fundamentales de la persona son derechos que conceden a sus titulares
un conjunto variado de posiciones jurídicas dotadas de tutela reforzada y que
imponen al Poder público una gama diversificada de obligaciones correlativas a
las diferentes funciones derivadas de cada una de dichas posiciones jurídicas.
Desde esta perspectiva debemos afirmar que la aplicabilidad inmediata es la
misma en el caso de los derechos fundamentales individuales que en los
sociales, por más que las técnicas a emplear puedan varias. Dichas variaciones
se derivan de la diversidad de funciones incardinadas en cada derecho. No es
que en un caso estemos en presencia de derechos de defensa y en otro de derechos
prestacionales, el problema es que los derechos fundamentales son una categoría
única que admite una expresión multifuncional. En otras palabras, es necesario
comprender los derechos fundamentales, todos, desde la perspectiva de un todo,
de manera que cada derecho fundamental presenta un conjunto de posiciones
jurídicas fundamentales de dónde se derivan funciones de respeto, funciones de
protección y funciones de prestación. Hoy, en pleno Estado de alarma formal, de
excepción material, tales consideraciones son especialmente importantes pues
los Poderes públicos, deben proteger, defender y promover con intensidad la
dignidad humana y todos y cada uno de los derechos fundamentales de las
personas.


El
hecho de que la aplicabilidad inmediata de los derechos sociales fundamentales,
reconocidos “ad hoc” o por conexión, por argumentación racional del supremo
intérprete de la Constitución, o por recepción de los Tratados Internacionales
de Derechos Humanos, caso del Pacto Internacional de los Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, cueste más dinero no quiere decir que no sean
fundamentales. Es solo una cuestión accidental, que no afecta a la sustancia. Y
como lo accidental o formal debe seguir a lo sustancial o material, lo lógico
es orientar las estructuras de facilitación de estos derechos colocando el
presupuesto público a su servicio y no al revés.


Seguramente,
a partir de ahora los deberes de prestación de en relación con estos derechos
sociales fundamentales van estar mejor organizados y mejor gestionados para
prever mejor los riesgos y evitar el espectáculo de ineptitud, incapacidad y
mala praxis que la realidad de todos los días nos muestra para nuestro bochorno
y reflexión.


Jaime
Rodríguez-Arana


@jrodriguezarana


El interés general en la excepcionalidad

El Estado formal de alerta, materialmente de excepción, en que vivimos, nos invita a interrogarnos sobre muchos tópicos y palabras que se escuchan estos días. Una de ellas es el interés general, un concepto que en democracia está caracterizada por su necesaria concreción, por su motivación adecuada, por su vinculación directa a la defensa de la dignidad humana y también por definición participada. Por eso, quizás nos venga bien recordar algunas ideas sobre este concepto tan utilizada como desconocido en su dimensión concreta y práctica.


Suelo decir a mis alumnos que desconfían
de quien utiliza esta palabra de forma abstracta y sin concreción porque
probablemente ha sido la más utilizada, en forma de arenga o amenaza, por los
amantes del totalitirismo, entre los que se cuentan, pro ejemplo, como exponentes
de una u otra orilla Hitler o Stalin, hoy lamentablemente imitidados por las
versiones más radicales de las ideologías cerradas.


El interés general es de naturaleza
supraindividual, representa los principios del Estado social y democrático de
Derecho y, en concreto, explicita dichos criterios en la realidad. Desde una
perspectiva estrictamente filosófica o moral sabemos que los intereses
particulares, individuales deben integrarse en el interés general, en el bien
común. El bien particular, el bien individual cede ante la necesidad de
salvaguardar o preservar el bien general, el bien común. Por eso, por ejemplo,
es legítimo y lícito, es moral y ético que se pueda sacrificar el derecho de
propiedad en aras de la construcción de un hospital o de una autopista siempre
que tal obra pública o infraestructura resulte necesaria para el derecho a la
salud de las personas o para el tránsito de multitud de ciudadanos, y siempre
mediante una previa y justa indemnización, pues la confiscación en los Estados
de Derecho, es obvio, está prohibida. Hoy, en una situación de emergencia
nacional a causa de la epidemia, la lucha contra el virus justificaría estas
intervenciones siempre que se motive en cada caso a partir de altos estándares
de motivación. Por ejemplo, si fuera necesario, expropiar, con las condiciones
impuestas en un Estado de Derecho, determinadas propiedades, caso de no haber
suelo público, de particulares, para construir un hospital de emergencia.


Este principio de preferencia o de
superioridad no se puede afirmar en abstracto categóricamente.  Tal primado precisa proyectarse sobre la
realidad puesto que su apelación genérica sin más ha conducido, y conduce, a
actuaciones arbitrarias, a conductas autoritarias. Y en un Estado de alarma
formal, de excepción materia como el actual, la proporcionalidad, la
objetividad, la transparencia, deben ser características que deben acompañar al
ejercicio de potestades excepcionales, que, inisisto, solo tendrían
justificación para la defensa, protección y promoción de la dignidad del ser
humano.


Los intereses generales están
inscritos en el Ordenamiento jurídico, en el sistema normativo. De ahí que,
efectivamente, en el interés general en sentido amplio se encuentran tanto los
derechos subjetivos como los intereses legítimos, sean individuales, colectivos
o difusos. Es decir, el interés general en sentido amplio se refiere a los
valores propios del Estado social y democrático de Derecho: parte integrante de
estos valores son los derechos subjetivos y los intereses legítimos.


Desde este punto de vista es claro
que los intereses generales, intereses protegidos por el Ordenamiento jurídico,
son superiores, preferentes, a los intereses privados precisamente por su
inserción en la misma esencia del modelo constitucional: el Estado social y
democrático de Derecho. Es decir, el interés que puede tener una compañía
privada en que las tarifas de los servicios de interés general, telecomunicaciones
por ejemplo, sean elevadas, cede siempre ante el derecho subjetivo de los
usuarios a buenos servicios a buenos precios. En el caso de una expropiación
forzosa, la utilidad pública o el interés social, que siempre debe ser
motivado, se concreta en el acuerdo de necesidad de ocupación. Eso sí, en estos
casos, el derecho subjetivo del expropiado a la justa indemnización, que es un
genuino derecho subjetivo, no puede ser desconocido y se integra en el núcleo
de valores que componen el interés general en sentido amplio.


Hoy, en una situación de Estado de
excepción material, la naturaleza de los poderes que el Ordenamiento atribuyea
Gobierno y Administración, obligan a 
estas instituciones a ejercer las potestades con mesura,
proporcionalidad, transparencia, exigentes estándares de motivación, y siempre
para proteger, defender y promover la dignidad humana, especialmente la de las
personas frágiles y desvalidas.


Jaime Rodríguez-arana


@jrodriguezarana


Pensamiento abierto, dinámico y complementario en tiempos de crisis

Estos
días de la crisis de la pandemia del coronavirus el pensamiento único, fruto de
las versiones ideologizadas, hace acto de presencia con inusitada potencia.
Para unos, militar en determinadas opciones ideológicas inmuniza y garantiza frente
a cualquier error o fallo que se pueda cometer y cuando de producirse, que no
debiera acontecer en modo alguno, los responsables siempre son los mismos: los
enemigos de toda la vida porque resulta que Cain era de extrema derecha y Abel
de izquierda radical. Para otros, colaborar a resolver los problemas que
existen con quien se considera que son la encarnación del mal, es imposible por
temor al contagio.


En
este contexto, el pensamiento compatible nos permite superar esas diferencias y
apreciar que en la realidad se puede dar conjuntamente, y de hecho se da, lo
que una mentalidad racional "matemática" nos exigía ver como
opuestos. Es un imperativo ético hacer ese esfuerzo de comprensión que hoy
obviamente brilla por su ausencia pues, para los contagiados por el virus de la
“ideologitis” la presunción moral de superioridad y el monopolio del acierto
completo son patrimonio, exclusivo y excluyente, de la izquierda radical.


Posiblemente
el pensamiento, abierto y compatible, hoy tan necesario como impracticado, nos
permitirá descubrir que realmente lo público no es opuesto y contradictorio con
lo privado, sino compatible y mutuamente complementario, o que incluso vienen
recíprocamente exigidos; que el desarrollo individual, personal, no es posible
si no va acompañado por una acción eficaz a favor de los demás; que la
actividad económica no será auténticamente rentable -en todo caso lo será sólo
aparentemente- si al tiempo, y simultáneamente, no representa una acción
efectiva de mejora social; que el corto plazo carece de significado auténtico
si no se interpreta en el largo plazo; etc., etc. Que la norma no se opone a la
libertad, sino que si es auténtica, justa, la potencia. En fin, que si la
sociedad es capaz, por disponer de vitalidad y medios para ello, de asegurar
condiciones para la realización de los derechos sociales fundamentales,
entonces la subsidiariedad facilita su efectiva su efectiva realización. Sin
embargo, para unos los enemigos son los empresarios y las iniciativas sociales,
y para otros, la solución solo vendrá del reino de lo particular, del espacio
con contaminado de lo burocrático y tecnoestructural.


Otro
rasgo que debemos potenciar en este tiempo tan convulso es el pensamiento
dinámico. Una modalidad de pensamiento que nos conduce a comprender que la
realidad, más que ninguna la social, la humana, es dinámica, cambiante,
abierta, y no sólo evolutiva, también preñada de libertad. Por eso debemos
superar la tendencia a definir estáticamente, o con un equilibrio puramente
mecánico, lo real, que no resistiría tal encorsetamiento sin sufrir una grave
tergiversación. Hoy lo comprobamos al constar la incapacidad para reconocer los
evidentes errores cometidos, por ejemplo, en la gestión administrativa de la
contratación pública por parte de la Autoridad única sanitaria en nuestro país
o en el desconocimiento de informes de autoridades mundiales de salud desde
tiempo atrás sobre la necesidad de adoptar determinadas medidas que su juzgaron
innecesarias. Decisiones de las que obviamente en una democracia y en un Estado
de Derecho se responde ante el Parlamento y ante los Tribunales de Justicia,
con argumentos políticos y con argumentos jurídicos respectivamente.


En
fin, no más pensamiento único, no más pensamiento estático, no más pensamiento de
confrontación, no más complejo de superioridad moral, no más ideologías
cerradas. Y, sobre todo, compromiso con la realidad, con las personas
concretas, con la dignidad real de los frágiles y desvalidos: con hechos
concretos.


Jaime
Rodríguez-Arana


@jrodriguezarana


Etica y Estado social y democrático de Derecho

La
crisis del coronavirus va a cambiar muchas cosas. Estos días se está certificando
a marchas forzadas que las prioridades a partir de ahora debieran ser otras muy
distintas a las actuales. Por ejemplo, la deslocalización de empresas en
gigantes asiáticos en los que se explota inmisericordemente a millones de seres
humanos debe acabar, la exigencia del desmantelamiento de las armas biológicas
de destrucción masiva debe iniciarse, así como una refundación del sistema de
mercado, que recupere su sentido primigenio, y, por supuesto, una reconstrucción
del maltrecho Estado social y democrático de Derecho, en muchas latitudes en
manos de arribistas,  agitadores y
propagandistas que se han aprovechado de las posibilidades de la manipulación y
control social para someter a masas enteras a las que se ofrece una educación
plana y acrítica.


Sin
embargo, a pesar de los pesares, estos días florecen como agua de mayo los
valores humanos, los valores inscritos en la misma condición humana y en sus
derechos inviolables que hoy emergen de manos de miles y miles de ciudadanos de
bien que aspiran a vivir dignamente con sus seres queridos . Por eso, la
construcción de una civilización o de una nueva cultura no podrá hacerse sin
volver sobre ellos. Sin embargo, no se trata de hacer una repetición mimética,
sin más, no se trata de fotocopiar o de clonar. De lo que se trata es, en relación
con los valores humanos, con los valores del Estado social y democrático de
Derecho, de repensarlos, remozarlos, renovarlos, y dotarlos de una nueva
virtualidad que permita de verdad la realización del Estado social y
democrático de Derecho. Para ello es imprescindible, poner las técnicas y los
procedimientos al servicio de la dignidad humana y sus derechos fundamentales,
no al revés, como se viene practicando desde hace tiempo.


Así,
al reto productivo, al reto técnico y al reto tecnológico, debemos añadir el
auténtico reto de fondo que es el reto ético, ínsito en el Derecho concebido como
ciencia social consistente en la realización de la justicia. Se trata de un
reto o desafío que interpela a todas las ciencias sociales y que intenta
contestar a la gran pregunta acerca del hombre, y de la mujer, y de su carácter
medular en la realidad jurídica, económica y social.


Las
ciencias sociales, o proporcionan una mayor calidad de vida a las personas, o
no son dignas de tal nombre, al menos en un Estado que se califica como social
y democrático de Derecho. Eso quiere decir, ni más ni menos, que a través de
este modelo de Estado, las ciencias sociales se pongan las pilas para diseñar técnicas
y procesos orientados y dirigidos a la protección, defensa y promoción de los
derechos fundamentales de la persona, removiendo  los obstáculos que impidan su realización
efectiva.


En
otras palabras, o se consigue una mayor calidad de vida, unas mejores
condiciones de vida para los habitantes del planeta, especialmente para los más
necesitados, o las ciencias sociales se habrán convertido en fines no en medios
al servicio de la mejora de la vida de los ciudadanos. La crisis del
coronavirus nos interpela gravemente en este sentido. Ojala seamos conscientes
de ello con todas sus consecuencias.


Jaime
Rodríguez-Arana


@jrodriguezarana


Derechos sociales fundamentales y coronavirus

En un momento de crisis humanitaria como la
actual, la calidad del Estado social y democrático de Derecho se mide por el
grado e intensidad con la que se ponen los medios para que las personas puedan disfrutar
de sus derechos sociales fundamentales más básicos, el derecho a la salud entre
otros.


Los derechos sociales fundamentales son
derechos subjetivos de singular relevancia que en su naturaleza llevan inscrita
las prestaciones del Estado que los hacen posibles. Son derechos subjetivos
fundamentales porque la Norma fundamental, de forma más o menos directa, señala
obligaciones jurídicas fundamentales, normalmente a los Poderes públicos, para
que se realicen en la cotidianeidad.


Hoy, en plena crisis por la pandemia del
coronavirus, la previsión y diligencia de la Administración para proveer de
materiales adecuados a los sanitarios y para evitar los riesgos a la población
demuestra el compromiso real con la efectividad de los derechos sociales
fundamentales. En España, todos lo estamos viendo con nuestros propios ojos.
Por eso, además de las responsabilidades de todo orden que habrán de deducirse
frente a las Autoridades sanitarias, habrá mucho que hacer para que la acción
administrativa de prevención cale en la organización de la Administración en
todos los niveles. Sobre todo, cuando se trata de asegurar un mínimo vital
digno a los ciudadanos en materia de derecho a la salud.


En realidad, la comprensión de esta forma de
entender el Derecho Público en el Estado social y democrático de Derecho parte
de consideraciones éticas, pues en sí mismo este modelo de Estado no es ajeno a
la supremacía de la dignidad humana y a la necesidad de que los Poderes
públicos promuevan derechos fundamentales de la persona y remuevan los
obstáculos que lo impidan. Ambas, por supuesto, no pueden pasarse por alto pues
de lo contrario nos pasaríamos al dominio del funcionalismo y de la
tecnoestructura, y al final los derechos humanos acaban siendo, así acontece,
monedas de cambio que se intercambian los fuertes y poderosos en función de
unos intereses ordinariamente inconfesables.


La dimensión ética del Derecho Público es un
rasgo inseparable e indisolublemente unido a su raíz y a sus principales
expresiones. No podría ser de otra forma porque atiende de manera especial al
servicio objetivo a los intereses generales que, en el Estado social y
democrático de Derecho, están inescindiblemente vinculados a los derechos
fundamentales, individuales y sociales, de las personas. La forma en que los
principios éticos y sus principales manifestaciones sean asumidos por el
Derecho representa el compromiso real de los Poderes del Estado en relación con
la dignidad del ser humano y el libre y solidario ejercicio de todos sus
derechos fundamentales. Hoy, a juzgar por lo que vemos a diario, bajo mínimos
en tantas partes del mundo.


Jaime Rodríguez-Arana


@jrodriguezarana


Estado social y democrático de Derecho y coronavirus

El colapso económico-financiero que se avecina
tras la propagación masiva del coronavirus a nivel planetario nos ayudará a
replantear muchas cosas, también el sentido de la libertad, hasta ahora
entendida, por millones de personas, casi exclusivamente desde el plano
individual y personal, al margen de la comunidad, al margen de la vida social.
Es decir, la libertad individual sin más límites que los que cada uno, en
función de sus posibilidades, quisiera establecer.


Ciertamente, ni el postulado de la solidaridad
social ni el de la participación están hasta el momento asentados
convenientemente al interior del sistema político e institucional. Los recortes
sociales de los últimos tiempos han puesto de relieve una perspectiva de la
estabilidad financiera al servicio de los grandes inversores internacionales.
Hoy, tras la crisis del coronavirus, queda muy claro que los   derechos sociales fundamentales son
exigencias de una vida social digna y deben empezar a guiar la acción de los
Estados a escala global.


Además, frente al intento, que vendrá, si no
está ya en camino, de consolidar sistemas autoritarios, es menester apostar con
intensidad porque la participación real caracterice de verdad la vida pública
en nuestros países pues en las políticas públicas, en todas las fases de su
realización, debe crecer la participación de la ciudadanía.


En este sentido, el concepto de libertad
solidaria que vengo manejando desde hace más de veinte años en mis
publicaciones permite comprender mejor la esencia del Estado social y
democrático de Derecho como estructura y matriz de la defensa, protección y
promoción de derechos fundamentales y remoción de los obstáculos que impidan su
efectividad. En este sentido adquieren su lógica los planteamientos abiertos de
reconocimiento de derechos sociales fundamentales, donde la Constitución no lo
haga, a través de las bases esenciales del Estado de Derecho teniendo en cuenta
la centralidad de la dignidad humana y la capitalidad del libre y solidario
desarrollo de la personalidad de los individuos en sociedad.


Por tanto, es necesaria una relectura desde la
dignidad del ser humano, de todo el desarrollo y proyección que se ha realizado
de este modelo de Estado en el conjunto de Derecho Público, hoy urgente tras la
epidemia del coronavirus y las consecuencias que puede tener para las restricciones
a las libertades tal y como se pronostica en estos tiempos.


El problema radica en que se ha intentado
entender el Estado social y democrático de Derecho sobre mimbres viejos y el
resultado es el que todos contemplamos ante nuestro más absoluto asombro. La
tarea, pues, de proyectar el supremo principio de la dignidad humana sobre el
entero sistema de fuentes, categorías e instituciones de Derecho Público, es
apremiante. La crisis del coronavirus lo demanda. A gritos.


Jaime Rodríguez-Arana


@jrodriguezarana


La dimensión ética y el coronavirus

Probablemente
nunca a lo largo de toda la historia tantos y tanto se ha hablado, discutido y
escrito de ética. Y, sin embargo, brilla por su ausencia tal y como se
comprueba en estos días. Hoy, la crisis del coronavirus y la reacción de los
Estados para salvar las vidas de los enfermos más frágiles y desvalidos muestra
a las claras la necesidad de ética en este mundo dominado por unas
tecnoestructuras insensibles al dolor humano y al sufrimiento de millones de
personas.


En
efecto, la incapacidad de los gobiernos de concentrar toda su actuación en la
prevención del riesgo de contagios y la dotación de medios dignos a los
profesionales de la salud demuestra varias cosas. Por una parte, la preeminencia
incluso en estos días, de la ideología frente a la técnica, al saber y a la
experiencia científica y, por otra parte, la existencia de un centralismo
burocrático injustificable en tiempos de crisis humanitaria. Por si fuera poco,
a pesar de que son la causa y origen de la pandemia, se sigue alabando y poniendo
alfombra roja al mayor enemigo de la libertad y de la democracia, hoy empeñado
en lavar su complejo de culpa enviando “generosamente” su ayuda a los países en
los que el virus se ceba inmisericordemente.


Tras
esta crisis precisamos efectivamente un cambio de civilización que funde el
nuevo orden social, político, jurídico y económico sobre la dignidad del ser
humano y sus derechos fundamentales, individuales y sociales. Algo que debe
dejar de ser retórico y alimentar el trabajo del sector público y del sector
privado.


Ha fracasado
estrepitosamente la forma tradicional de entender y acercarse al Estado social
y democrático de Derecho. En efecto, ya no sirve es aplicar el modelo sobre
estructuras y mentalidades antiguas, que son las que justifican sin empacho
alguno que los derechos sociales fundamentales no sean más que posibilidades de
actuación, mandatos de optimización. La Administración, al facilitar un derecho
a la salud digno, en todas sus dimensiones, especialmente en la preventiva,
debe disponer de los medios materiales y personales adecuados para que
pandemias permitan atender como se merece a las personas.


Mientras
no tengamos claro, y actuemos en consecuencia, que las personas son lo primero,
absolutamente lo primero, nos queda mucho, muchísimo camino para hacer del
planeta un espacio para la vida digna de las personas. Esperemos que   las
tecnoestrucuras se dan cuenta de las consecuencias de su errática obsesión por
el poder y el dinero. Aunque sea duro recordarlo en estos tiempos de tanto
sufrimiento para tanta gente buena e inocente: no hay mal que por bien no venga.
Eso sí, siempre que las cosas empiecen a mejorar, sobre todo para los
desvalidos y más frágiles.


Jaime
Rodríguez-Arana


@jrodriguezarana


Resumen de privacidad

La página web de Jaime Rodríguez - Arana utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.
Asimismo puedes consultar toda la información relativa a nuestra política de cookies AQUÍ y sobre nuestra política de privacidad AQUÍ.